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Facturación electrónica

Obligatoriedad de la facturación electrónica

La Ley “Crea y Crece” detallada en el BOE Ley 18/2022 de 28 de septiembre, de Creación y Crecimiento de empresas, especifica la obligatoriedad para las empresas de utilizar formatos digitalizados específicos para la elaboración de facturas electrónicas. Supone una nueva normativa que facilita en gran medida los trámites para la creación de empresas, simplificando su constitución e incluyendo novedades para luchar contra la morosidad y además, reducción los problemas de liquidación de las empresas.

Esta medida supone numerosos beneficios detallados a continuación:

  • Reducción de recursos y aumento de documentos digitales versátiles capaces de visualizarse de igual manera en diferentes soportes electrónicos. De esta manera se asegura una coherencia en todos los documentos que se generen.

  • Eficiencia en los procesos, eficacia y reducción de los errores durante el proceso, pudiendo enfocar a la plantilla a realizar otro tipo de actividades de carácter estratégico o creativo. Esto se traduce en una mejora de la productividad. 

  • Respeto con el medio ambiente y ahorro de recursos energéticos como el papel o la tinta, lo que se traduce en un ahorro económico para las empresas y una reducción de la huella de carbono de las empresas sobre el medio natural.

  • Estandarización de procesos aplicables a numerosas entidades.

  • Trazabilidad de la facturación y minimización de errores humanos. Utilización de la firma digital. 

  • Aumento del control y transparencia en los procesos llevados a cabo por las diferentes empresas, pudiendo contabilizar sus transacciones de manera más simple. 

  • Industrialización del conocimiento. 

  • Seguridad de los datos almacenados en bases de datos, permitiendo que solo emisor y receptor tengan acceso a los documentos confidenciales. Gracias a la nube, se mantienen almacenados y protegidos.

  • Mejora del proceso y verificación del cumplimiento de los plazos establecidos para la realización de los pagos. De esta manera se reducen los posibles retrasos tanto de los pagos como de los cobros. 

  • Cumplimiento de la Ley 18/2022.

Novedades que contiene la Ley Crea y Crece:

  • Generalización del uso de la facturación electrónica en las operaciones llevadas a cabo entre empresarios y profesionales como medida de digitalización. 

  • Lucha contra la morosidad y establecimiento de periodos de pago para que el empresario corra con los gastos en un plazo determinado.

  • Listado emitido con las actividades económicas exentas de licencia en las comunidades autónomas.

  • Posibilidad de crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de un euro frente a los tres mil que obliga la ley actual. 

  • Reformas concretas para facilitar la constitución de empresas de manera simple y telemática mediante el Centro de Información y Red de Creación de Empresa.

  • Se potencia el crecimiento empresarial mediante la creación de herramientas de financiación. 

En el momento en el que se publique la nueva ley, que hay previsto que sea durante mediados del año 2024, será obligatorio para todas las empresas llevar a cabo su facturación de manera electrónica. Para aquellas que no lo cumplan, la administración podrá aplicar sanciones entre tres mil y sesenta mil euros según el importe de cada factura no realizada adecuadamente. Por ello, las cifras pueden alcanzar cantidades elevadas. 

Esta nueva ley modifica la ley actual y obliga a los empresarios y profesionales a expedir y remitir facturas electrónicas por sus trabajos realizados. De esta manera, existe un mayor control de pagos, teniendo constancia la administración tanto las cantidades como los periodos en los que se abona. La facturación electrónica se podrá llevar a cabo mediante plataformas privadas, públicas o combinando ambas modalidades. Se va a crear un organismo público gestionado por la AEAT que se encargará del control y gestión de la facturación electrónica, para facilitar a las empresas la tramitación de las mismas.

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