Entender la Ley PACAP. Parte IV: Un poco de la Constitución española
Antes de empezar vamos a ver algunos artículos de la Constitución que nos interesan para entender el por qué de la ley 39, ya que el propósito de las leyes es justo el de asegurar el cumplimiento de la Constitución.
La Constitución se publicó en el BOE en 1978 y lo forman 169 artículos en 10 títulos más disposiciones adicionales.
Vamos a tratar los artículos de la Constitución que atañen a la ley 39/2015 y que son mencionados en la misma.
Dentro del TÍTULO IV Del Gobierno y de la Administración
Artículo 103
1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
2. Los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la ley.
3. La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.
Como vemos después de leer estos tres apartados, el poder legislativo necesita elaborar una ley que haga más eficaz el cumplimiento de este artículo teniendo en cuenta la estructura descentralizada del estado de acuerdo con la legalidad establecida.
Dentro del TÍTULO VIII De la Organización Territorial del Estado Capítulo III
Artículo 149
18.ª Las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas y del régimen estatutario de sus funcionarios que, en todo caso, garantizarán a los administrados un tratamiento común ante ellas; el procedimiento administrativo común, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de las Comunidades Autónomas; legislación sobre expropiación forzosa; legislación básica sobre contratos y concesiones administrativas y el sistema de responsabilidad de todas las Administraciones públicas.
Este artículo viene a hacer más hincapié en relación a la descentralización del Estado y del derecho de las Comunidades Autónomas a elaborar su propia legislación, siempre y cuando no entre en conflicto con la legislación nacional.